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11-12-2006 |
Nuevas medidas de seguridad en aeropuertos de la UE - Unión Europea.


La Unión Europea (UE) ha adoptado nuevas medidas de seguridad que restringen la cantidad de líquidos que se puede pasar por los controles de seguridad del aeropuerto. Estas medidas afectan a todos los pasajeros que salgan de aeropuertos de la Unión Europea, independientemente del destino al que se dirijan. Esto implica que, en los puntos de seguridad del aeropuerto, Usted y su equipaje de mano serán revisados en lo que respecta a los líquidos y otros artículos prohíbidos. Sin embargo, la nueva normativa no limita la cantidad de líquido que puede adquirirse en las tiendas situadas después de la zona en la que ha mostrado la tarjeta de embarque de un vuelo operado por una aerolínea de la Unión Europea.

Estas medidas comenzaron a ser aplicadas desde el Lunes 6 de Noviembre de 2006 en todos los aeropuertos de la Unión Europea así como en Noruega, Islandia y Suiza.

Sólo está permitido llevar pequeñas cantidades de líquido en su equipaje de mano. Estos líquidos deben estár en envases individuales con una capacidad máxima de 100 millilitros cada uno. Estos envases deberán estar introducidos en una bolsa de plástico transparente, debidamente sellada, de no más de un litro de capacidad por pasajero.

En el aeropuerto
Para ayudar a detectar líquidos, debe:
• presentar todos los líquidos en los puntos de seguridad para su examen;
• quitarse su chaqueta o abrigo que deberán ser revisadas por separado;
• sacar ordenadores personales y otros artículos eléctricos de su equipaje de mano para que sean revisados por separado.

Se consideran líquidos:
• agua y otras bebidas, sopas, siropes
• cremas, lociones y aceites
• perfumes
• sprays
• geles, incluidos geles de baño y para el cabello
• el contenido de envases presurizados, incluidos la espuma de afeitar y desodorantes
• pastas, incluida la pasta de dientes
• mezclas de líquidos y sólidos
• máscaras
• cualquier otro artículo de similar consistencia

¿QUÉ NO HA CAMBIADO?

Usted puede llevar:

• líquidos en el equipaje que va a facturar – la nueva normativa sólo afecta al equipaje de mano;
• en su equipaje de mano, medicinas y alimentos dietéticos, incluida la comida para bebés, que van a ser necesitados durante el viaje. Se le puede solicitar pruebas de que necesita dichos productos;
• líquidos, como bebidas y perfumes, adquiridos en las tiendas del aeropuerto de la UE situadas después de la zona en la que ha mostrado su tarjeta de embarque (de un vuelo operado por una aerolínea de la UE). Si estas compras han sido introducidas en una bolsa especial sellada, no la abra antes de pasar los controles- en caso contrario el contenido le podrá ser confiscado (si va a realizar un tránsito en un aeropuerto de la UE, no abra la bolsa antes de que sea revisada en el aeropuerto de tránsito, o en el último aeropuerto, en caso de realizar más de un tránsito).

Todos estos líquidos son adicionales a las cantidades contenidas en la bolsa sellada mencionada anteriormente.

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