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24-01-2005 |
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió una resolución vinculada al régimen de Importación / Exportación por prestadores de Servicios Postales / Couriers. La nueva regulación no cuenta con la conformidad de los Prestadores de Servicios Internacionales Aeroexpresos.
La Cámara Argentina de Prestadores de Servicios Internacionales Aeroexpresos - CAPSIA - anunció que el pasado 11 de Enero de 2005, se publicó en el Boletín Oficial una Resolución de La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vinculada al régimen de Importación / Exportación por Prestadores de Servicios Postales/Couriers. La misma entrará en vigencia el próximo martes 25 de enero, e implicará los siguientes cambios:
- Disminuirá el valor FOB máximo de las mercaderías a exportarse o importarse a través de la modalidad expresa o courier, de U$S 3.000 por envío a U$S 1.000 por remitente o consignatario.
- Además de los datos vigentes que tanto el importador como el exportador consignan en guía, deberán incluir la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL).
A partir del 25 de enero, los remitentes o consignatarios que superen los U$S 1.000, no podrán contar con el derecho histórico de utilizar la modalidad expresa (courier), sino a través de un despacho formal.
CAPSIA expresó su más fuerte rechazo al dictado de esta resolución, que a su criterio no recoge beneficio alguno, ni fiscal ni aduanero, pasándole de modo inconsulto al sector privado del comercio exterior, particularmente PYMES, los mayores costos y la ineficiencia que acarrea el nuevo marco de regulación. Según la Cámara, crea perjudiciales asimetrías con nuestros habituales socios comerciales, como Brasil. CAPSIA seguirá trabajando diligentemente para ayudar a facilitar los procesos y reglamentaciones del comercio exterior.
El decreto, que entrará en vigencia a partir del décimo día hábil, siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial dice:
Artículo 1° - Los Permisionarios de Servicios Postales podrán oficializar la Solicitud de Importación o de Exportación para consumo en forma simplificada, prevista en la Resolución de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS N° 2436 (RGANTI) del 16 de julio de 1996 y modificatorias, siempre que:
a) el valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL (U$S 1.000) para cada remitente del envío; debiendo los Permisionarios de Servicios Postales Couriers consignar en la Planilla de Exportación (OM-476) además de los datos vigentes, el nombre y apellido, domicilio, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) del remitente en orden creciente; y
b) el valor FOB de las mercaderías a importarse, no exceda los DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL (U$S 1.000) para cada destinatario; debiendo los Permisionarios de Servicios Postales Couriers consignar en la planilla anexa a la Solicitud de Importación Simplificada (OM-1125) además de los datos vigentes, el nombre y apellido, domicilio, y la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) del destinatario en orden creciente.
La Cámara Argentina de Prestadores de Servicios Internacionales AeroExpresos (CAPSIA) nuclea a CrossRacer, DHL Express, FedEx Express, Génesis Worldwide Courier, IBC, Laser Courier, LHS, TNT, UPS y World Courier, los principales operadores de servicios expresos internacionales del mundo. La misma fue constituida a fines de 1998 por los principales operadores de servicios expresos internacionales instalados en Argentina, constituida como una organización sin fines de lucro, y que obtuvo su personería jurídica, en enero de 2000.
El principal objetivo de la asociación, es el de actuar como representante de las compañías asociadas, que operan en el mercado argentino, en su interacción con las agencias regulatorias y ejecutivas, cuerpos legislativos y judiciales, asociaciones de comercio, medios de prensa y otras entidades externas en asuntos de políticas que afectan a sus miembros y/o a sus clientes exportadores, importadores o particulares.
En caso de tener dudas o consultas con respecto a esta nueva resolución, comunicarse con las empresas asociadas a CAPSIA o con el Centro de Atención Telefónica de la AFIP al 0810-999-2347, de lunes a viernes de 0800 a 19.00 hs.
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