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29-03-2004 |
Líneas Aéreas Federales S.A. autorizada a explotar servicios no regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo.
La Secretaría de Transporte, a través de la Resolución 163/2004 publicada en el Boletín Oficial Nº 30.366 de fecha martes 23 de marzo de 2004 autorizó a Líneas Aéreas Federales S.A. a explotar servicios no regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, usando aeronaves de gran porte.
La resolución se tomó, luego de comprobar que la empresa cuenta con la capacidad técnica y económico-financiera a que se refiere el Artículo 105 de la Ley N° 17.285 (CODIGO AERONAUTICO), y habiendo la misma cumplimentado debidamente la base de operaciones mediante autorización otorgada por la autoridad competente.
Dada la clase de servicios solicitados, los mismos no deberán interferir, tanto en su aspecto comercial como operativo, el normal desenvolvimiento de las empresas regulares de transporte aéreo, y con relación al servicio de correo, la resolución especifica que no existe inconveniente en incorporarlo en la autorización a otorgar siempre que el mismo, por tratarse de operaciones no regulares, sea ejercido en forma subsidiaria conforme lo establece el Artículo 126 de la Ley N° 17.285 (CODIGO AERONAUTICO).
Otro considerando del decreto especifica que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares.
La empresa deberá iniciar sus operaciones dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días siguientes a la fecha de la resolución.
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