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22-10-2003 |
La Cámara de Practicaje anunció el lanzamiento de su sitio on-line www.camaradepracticaje.com.ar.


A través de la página de referencia, se brinda información referida a las empresas asociadas, los servicios que prestan, las zonas de practicaje, aspectos reglamentarios e información de interés de utilidad para la comunidad marítima en general, procurando de ésta manera contribuir al mejoramiento de las condiciones de prestación de un servicio público en aras de la seguridad de la navegación y de los intereses nacionales, tanto estatales como privados.

Asimismo, ha cambiado la dirección de correo electrónico por cambio de servidor, quedando la misma como campracticaje@speedy.com.ar

La Cámara, creada bajo la denominación de "Asociación Argentina de Practicaje y Pilotaje" tiene como finalidad social la defensa de los intereses colectivos de las Empresas de Practicaje y Pilotaje de la República Argentina con vistas al mejoramiento de la prestación del Servicio Público.

Propone a las Autoridades con competencia en la materia, el dictado de nuevas normas regulatorias y reglamentarias del servicio o de la navegación en Puertos, Ríos y Canales para lo cual-cuando las circunstancias lo aconsejan- efectúa presentaciones ante las Autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales cuando decisiones que adopten las mismas incidan o puedan incidir negativamente en la prestación del Servicio Público en general o en particular en alguna zona del País.

Propende a la capacitación constante de los profesionales prácticos, organizando o promoviendo cursos y actividades complementarias de su formación. Participa en comisiones de trabajo, foros u organismos de integración mixta actualmente existentes o que se constituyan en el futuro, con competencia en materia de practicaje y pilotaje.

La Cámara está integrada por las Empresas cualquiera sea su estructura jurídica y que presten servicio de practicaje y pilotaje en la República Argentina y que soliciten su afiliación, estando compuesta por profesionales independientes que con el título de Capitán de Ultramar o Capitán Fluvial, dependiendo de la zona para lo cual se encuentre habilitado, cuentan con la capacidad y la experiencia necesaria para cumplir su cometido, para ello, mancomunados bregan en forma constante por el mejoramiento de las condiciones de prestación de un servicio público, en aras de la seguridad de la navegación, particularmente importante en aguas restringidas como las de nuestro País en donde el experto conocimiento local y la experiencia profesional de los prácticos son esenciales.

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